Responsabilidad del asesor fiscal frente a la Agencia Tributaria

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Responsabilidad del asesor fiscal frente a la Agencia Tributaria

Responsabilidad del asesor fiscal frente a la Agencia Tributaria

La profesión de asesor fiscal, es una profesión de alto riesgo , y según la opinión personal del que suscribe, no suele ser tan valorada por lo clientes como otras actividades profesionales, por ejemplo el ejercicio profesional de la abogacía. El intrusismo existente, y su falta de regulación legal, han sido motivos que bajo nuestro punto de vista han llevado a esa situación.

¿Se podría entender que una persona sin estudios universitarios podría ser considera un asesor fiscal?  pues sí,  dado que como hemos indicado anteriormente dicha actividad profesional no está legamente regulada.

El símil que yo suelo utilizar con mis amigos, para explicarles esa problemática , es el de «entrenador de un equipo de futbol» . Hay entrenadores que han realizado cursos obligatorios para ello y que puede llegar a ser un seleccionador de un equipo de futbol profesional, y hay entrenadores de un equipo de barrio que no han realizado cursos de formación para llevar a cabo esa tarea. Ambos, supuestamente saben de futbol, y son «entrenadores», para unos, aquellos que no disponen de un curso de formación homologado no son entradores profesionales, y para otros, ese requisito no importa.

Ahora bien, todos aquellos que ejerzan la profesión de asesor fiscal, tengan o no estudios específicos de formación o titulación universitaria, y que se dediquen en asesorar a clientes en materia tributaria, deben ser conscientes de que su actuación puede incurrir en responsabilidades frente a la A.E.A.T. Es decir, en determinados casos, la Agencia Tributaria le podría exigir el pago de liquidaciones tributarias y sanciones no abonadas por sus clientes.

Para que la administración tributaría pueda derivar esa responsabilidad al asesor fiscal deben cumplirse algunos requisitos:

Cooperador necesario. Uno de los supuestos de responsabilidad tributaria del asesor se da cuando Hacienda considera que éste ha colaborado activamente en la comisión de una infracción tributaria. Apunte. Se trata de un supuesto general –no previsto específicamente para los asesores–, pero que puede ser aplicado a éstos cuando han colaborado activamente en la comisión de una infracción tributaria realizada por sus clientes.

Intención. Para ello, es preciso que en la actuación del asesor fiscal exista dolo o intencionalidad (no basta un comportamiento meramente negligente). Es decir, Hacienda debe probar que la colaboración del asesor en la comisión de la infracción ha sido activa e intencionada. Apunte. En general, esto ocurrirá si el asesor facilita a su cliente medios imprescindibles para la defraudación. Por ejemplo: si para diseñar la defraudación se necesitan conocimientos técnicos que el cliente no posee, pero el asesor sí; o porque el asesor aporta sociedades interpuestas o facturas falsas.

Infracción Tributaria. Para derivar la responsabilidad al asesor también es necesario que Hacienda, tras haber efectuado una comprobación al cliente, no sólo haya girado una liquidación, sino que además le haya impuesto una sanción por existir una infracción tributaria. Apunte. A partir de ahí, como se ha indicado, el asesor responde si es cooperador necesario y ha actuado con dolo.

Responsable solidario. La responsabilidad del asesor es solidaria: una vez finalizado el período voluntario de pago para el deudor principal, Hacienda puede exigirle la deuda reclamada sin necesidad de haber perseguido previamente el patrimonio de dicho deudor ni de haberle declarado fallido (actuaciones que sí son necesarias cuando la responsabilidad es subsidiaria). ¡Atención! Además, el asesor responde tanto de la deuda tributaria –principal, intereses y posibles recargos– como de las sanciones.

Fuente de información – Indicator, Francis Lefebvre.

Fiscalex Asesores Fiscales y Legales, abogados y economistas en Marbella. Calle Nuestra Señora de Gracia 4, 1º-1, Marbella Málaga.

Gustavo Adolfo Murillo González

Abogado y Economista.