No residentes e impuestos en España
En ocasiones llegan recibimos consultas de “extranjeros” que se sorprenden por haber recibido una notificación de la agencia tributaria donde le reclaman el pago de un impuesto que desconocían.
Lo anterior suele ocurrir, generalmente, por dos motivos:
Es objeto del presente artículo dar a conocer a los extranjeros, de la forma más resumida posible, cuáles serían los impuestos, presentes y futuros, a los cuales podría hacer frente cuando deciden adquirir una propiedad en Marbella, lugar donde reside el redactor del presente artículo.
IMPUESTOS Y GASTOS A PAGAR AL MOMENTO DE LA COMPRA.
Partimos de la base de que la compra de la vivienda se protocolizará en una notaría (documento público).
Teniendo en cuenta lo anterior, lo primero que debemos de tener en cuenta que además del pago de impuestos, el comprador deberá de hacer frente igualmente al pago de:
Expuesto lo anterior, procedemos a informar de los impuestos que deberá de pagar:
1. Si la vivienda que compra es de “segunda mano” el comprador deberá de pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (T.P) que actualmente en Andalucía es del 7%.
Debemos de conocer cuál es el valor de referencia catastral de esa propiedad (esa información la facilita el catastro):
2. Si la vivienda que van a comprar es “nueva o primera mano”, es decir, es vendida directamente por la empresa que lo ha construido, la operación no estará sujeta al pago de I.T.P, sino que el comprador tendrá que pagar:
2.1) El Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A) que es del 10% aplicable sobre precio que se asigne a la vivienda en la escritura. En este caso no es aplicable el valor de referencia catastral.
2.2) El impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (A.J.D) que actualmente en Andalucía es del 1,2%.
Debemos de conocer cuál es el valor de referencia catastral de esa propiedad (esa información la facilita el catastro):
Tras el pago de los honorarios notariales y el pago de impuestos que corresponde la escritura pública de compra de la vivienda se presenta en el registro de la propiedad para su inscripción, momento en el cual deberá de pagar los honorarios del registrador de la propiedad.
IMPUESTOS A PAGAR DESPÚES DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL
No residentes e impuestos en España
AYUNTAMIENTO DE MARBELLA.
Todos los años deberá de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I), y la tasa por recogida de basura.
El día que venda la propiedad, o bien sea transmitida a los “herederos”, habrá que pagar la “plusvalía municipal” también llamado impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
AGENCIA TRIBUTARIA ESPAÑOLA (AEAT)
Y hasta aquí llegó el presente artículo, No residentes e impuestos en España, en el cual se ha tratado de resumir la información acerca de los tributos que un extranjero tendría que pagar tras haber adquirido una vivienda en Marbella, esperamos que sea de utilidad al lector.
Gustavo Adolfo Murillo González.
Abogado y Economista en Marbella.
Fiscalex Asesores Fiscales y Legales